Mejoramos nuestro producto y las coberturas de Responsabilidad Civil de Cotos de Caza

El pasado 9 de mayo entró en vigor la Ley 6/2014, de 7 abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, esta norma establece en su Disposición Adicional Novena el siguiente marco de responsabilidad en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas.
“En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas.
No obstante, será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél.
También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos”
Como consecuencia de este nuevo régimen de responsabilidad, que de una forma clara beneficia a los propietarios de cotos, hemos introducido importantes mejoras en nuestro producto y coberturas de Responsabilidad Civil de Cotos de Caza que pasan tanto por importantes descuentos en tasas y primas mínimas, así como por la reducción de las franquicias, paralelamente hemos elaborado unas nuevas condiciones especiales adaptadas al nuevo marco legal.
